¿Es legal hacer fotos en lugares públicos?
9 marzo 2010Pues rotundamente SÍ!!!
Y ya que hoy me ha dado por escribir y para una vez que tengo ganas, os contaré una historieta con pelos y señales después del salto (para los que tengan ganas)…
Hoy volviendo a casa tras la primera clase de “retrato editorial” con Luis de las Alas, me di cuenta de que me quedaban tan sólo 6 exposiciones por tirar en el carrete de blanco y negro que estuve usando las dos últimas semanas (el mítico Kodak Tri-X 400) y como quiero revelarlo un día de estos, en cuanto me bajé del tren en mi estación me puse a buscar composiciones que me resultasen atractivas jugando con la arquitectura de la estación y combinando sus líneas con las escaleras mecánicas, pasamanos, andenes al fondo,…
Es una estación de una única línea de metro que da cierto juego porque no está apenas enterrada y es muy abierta (no es la típica llena de pasillos, sino que se ve entera desde la entrada), como una enorme cavidad con un simple techo sobre el que hay un parquecillo con unos grandes “tragaluces” de diseño piramidal, cuenta con dos zonas de tornos de entrada que están en dos partes altas enfrentadas y con plena visibilidad de un lado al otro, bajan hacia los andenes simétricamente con escaleras mecánicas y en tres niveles (entradas, andenes y un nivel medio donde puedes ir hacia un lado o el otro) en los que hay grandes aberturas ovaladas desde las que puedes asomarte hacia los andenes que están justo de bajo. Tiré un par de fotos desde las escaleras de subida del nivel medio al alto, pudiendo encuadrar en vertical un poco de todo: escaleras, abertura con vista a los andenes, escaleras de enfrente, tornos/entrada de enfrente y techo. Tenía su dificultad porque iba con la cámara analógica sin trípode, con película de 400 ASA y la iluminación allí no es muy fuerte, aunque visualmente pueda parecer que está muy bien iluminado todo, así que tuve que tirar con el diafragma abierto al máximo (dejando fuera de foco todo lo de mi lado, que únicamente consistía en las escaleras y pasamanos dirigiendo la vista a la parte de enfrente) y hacer un ejercicio de pulso de esos como para robar panderetas.
Tras el buen rato que me llevó preparar la foto y tirar un par de veces, pensé que podría gustarme más un encuadre desde el óvalo de arriba, viéndose más los andenes, con tren incluido, y más lejana aún la entrada de enfrente, además así podría usar el pasamanos de apoyo para que no se me moviese la cámara y tirar a menor velocidad con un poco más de profundidad de campo. Así que subí, pasé los tornos de salida y comencé a buscar el sitio, cómo colocar la cámara para conseguir dejarla completamente recta (al no ser digital me fastidiaba más tirar la foto torcida), y a esperar a que llegase un tren en el sentido que me interesaba. Cuando estaba yo todo concentrado a punto de hacer la foto, una mujer (empleada de Metro) me grita desde la puerta de la taquilla mientras camina hacia mí y con un tono ciertamente amenazante: ¡oye! sabes que no se pueden hacer fotos, no??! puedes sacar los andenes pero no a la gente! Por supuesto, hice lo que hago siempre en este tipo de casos, sonreír y decir que sí como a los locos: tranquila, si con este objetivo no podría aunque quisiera. Tras fastidiarme la foto, se dio la vuelta recelosa, probablemente por un momento de falta de agilidad mental para soltarme una réplica coherente. Yo volví a recuperar mi encuadre y a esperar al siguiente tren, hice mi foto y me fui a casa bien contento (espero que haya quedado como yo creo! colgaré la foto en cuanto la tenga revelada y escaneada).
Pero al llegar a casa alguna pregunta que otra rondaba mi cabeza: ¿seguro que no podía hacer fotos a quien me diese la gana en el Metro siendo un lugar “público”? ¿seguro que podía hacer fotos como si nada siendo un recinto regentado por una empresa? ¿por qué nunca he visto ningún cartel sobre la prohibición de hacer fotografías o al contrario? ¿qué pasa si está prohibido y “me pillan” haciéndolo? La verdad es que siempre he hecho las fotos que me ha dado la gana en el metro y nunca me habían dicho nada, pero como me picó la curiosidad, me puse a investigar un poco y tras leer unas cuantas páginas, el reglamento del viajero de Metro de Madrid en el que no encontré ninguna referencia al uso de cámaras fotográficas, y un par de foros de Flickr, aquí y allá,… creo que tengo información suficiente para poder afirmar que en España tenemos pleno derecho a hacer fotografías en el Metro de Madrid y en cualquier otro sitio público sin ningún tipo de permiso previo específico, siempre conociendo ciertas restricciones lógicas (lugares delicados como comisarías o zonas militares, recintos cerrados o privados donde esté expresamente prohibido, uso limitado -sin flash- en iglesias o acuarios, etc.).
Aquí os dejo una circular de Metro de Madrid del año 1984, y que sigue vigente pues no ha habido ninguna otra comunicación oficial al respecto desde entonces, en la que se informa al personal de que está permitido realizar fotografías sin previa autorización:

Y aquí unos cuantos enlaces de referencia:
- ¿Puedo hacer esa foto?: enfocado a aeropuertos pero aplicable en general y da respuestas a las preguntas más cruciales que se nos plantean sobre el tema.
- Permitido hacer fotos en el metro: explica bastante bien cómo está la cosa en Renfe y Metro, y el porqué.
- Permiso concedido: unos cuantos ejemplos prácticos de lo que se puede y lo que no se puede fotografiar libremente y de qué manera.
Resumiendo las preguntas y respuestas que a mí personalmente me han parecido más interesantes y aclaratorias:





























Hola realmente te debo dar las gracias por tocar este tema.
Una pregunta. Bueno estuve el ultimo fin de semana en una piscina publica que le pertenece al ayuntamiento de La Latina ( Aluche) en Madrid. Y bueno estaba con mis colegas y amigas, entonces nos estabamos haciendo un par de fotos y se nos acerco la socorrista diciendonos que estaba prohibido hacer fotos . Entonces mi duda esta en que si las fotos nos las haciamos a nosotros mismos y no al resto de la recinto, claro esta con ciertas partes de la piscina . Siendo un lugar publico pero donde se debe pagar para entrar , sigue estando prohibido? ademas uso la socorrista que en las taquillas habia un cartel que prohibia el uso de camaras , pero el campo de las piscinas es como un parque muy amplio y no se veia ningun cartel parecido al que habia en las taquillas ( estamos hablando de ambientes distintos). Otro argumento que usO es que por proteccion al menor que ( y esto es flipante ) no dejaban sacar fotos ya que podria terminar en la web…
Entonces que tenemos
LUgar publico donde se paga el derecho de admision
carteles de prohibicion en un ambiente distito
proteccion al menor
fotos a nosotros solo la peña con nuestro dia soleado en la piscina.
que gustaria saber tu opinion. Me puedes encontrar en facebook , tambien le entro mucho a la fotografia. agradezco tu tiempo . hasta luego
Hola Víctor!
Vamos a ver, por partes…
En primer lugar, el derecho de admisión en España no existe, puesto que no está contemplado en la ley (entendido éste como la capacidad que se reserva una entidad para permitir o restringir la entrada a un recinto de su propiedad).
Lo que sí es cierto es lo que comentas sobre el acceso restringido, pues desde el momento en que tienes que pagar una entrada automáticamente ese lugar deja de considerarse público, entendido como un sitio de acceso libre para cualquiera. En este caso, la potestad para permitir o no el hacer fotos corresponde únicamente a la organización que regenta ese espacio restringido, a través de su normativa o reglamento de conducta, si lo hubiere, o a través de cualquier otro medio (carteles, las propias advertencias de los empleados,…). Claro que por supuesto, lo que ocurre en muchísimos casos, es que no existe una prohibición o un permiso al respecto del tema de las fotos, es decir que la empresa u organización en cuestión no tiene una postura oficial informada en ninguna parte ni una política sobre ello y son los propios vigilantes de seguridad, conserjes u otros empleados los que directamente se inventan la prohibición (o no se lo inventan pero simplemente se lo ha dicho otro compañero suyo que sí se lo ha inventado o lo ha supuesto, por ejemplo, para evitarse problemas a ellos mismos o con los usuarios/clientes que se puedan quejar de que otros usuarios realicen fotos), alegando muchas veces temas de seguridad o terrorismo (muy habitual en instalaciones de transporte o edificios/complejos de cierta entidad), de privacidad (niños especialmente), etc.
En todo caso, ellos tienen la sartén por el mango ahí, así que digamos que si no te quieren permitir hacer fotos poco podrás hacer. En el caso de Metro, en realidad es igual, pero bueno, nos podemos escudar en esa circular sin fecha de caducidad distribuida por Metro en el año ’84 para disfrutar del privilegio que ellos mismos nos otorgan a los usuarios. Otra cosa es que en la práctica, salvo un agente de la ley reconocido, Guardia Civil o Policía, nadie te puede impedir físicamente que hagas lo que quieras ni tan siquiera ponerte la mano en el objetivo de tu cámara (un vigilante de seguridad no es excepción, pues son civiles igualmente), y si tú estás captando ilegalmente imágenes podrán denunciarte e incluso llamar a la Policía o tomar las medidas legales que consideren oportunas y ante las que tú deberás responder posteriormente. Yendo más lejos aún, tengo entendido (y lo digo así porque no lo he comprobado sobre las leyes) que ni siquiera un policía te puede hacer borrar tus fotos de tu tarjeta de memoria o estropearte un carrete de película, ya que es un artículo de tu propiedad, así que aún habiendo infringido tú la ley por el acto de captar esas imágenes deberá ser un juez en todo caso el que dictamine que se deben eliminar. Ojo! no creo que tengan ningún impedimento en requisar lo que sea, que supongo que eso sí lo pueden hacer si tienen motivos.
En segundo lugar, si te soy sincero, no sé hasta qué punto están obligados en caso de prohibirlo a fijar un cartel o incluso a especificar en qué zonas aplica la prohibición, como ocurre en este caso que tú me cuentas en el que crea duda de si es sólamente en la zona de taquillas y vestuarios o en todas las instalaciones.
En tercer lugar, el hecho que comentas de que sólo hagas fotos a personas de tu familia o grupo de conocidos y con su consentimiento, es un tema que tiene que ver con los derechos de imagen de las personas (esto es un derecho fundamental recogido en la constitución y que aplica siempre) pero yo entiendo que es un tema aparte de las normas que permitan o no utilizar la cámara fotográfica en las instalaciones. Esto sólo debería preocuparte en el caso en que no aplique ninguna prohibición de este tipo, ya que entonces sí pasaríamos a contemplar si estás realizando la captación de imágenes de personas que consienten o tambien de otras “robadas” a personas que no consienten (ésto sí podría sería ilegal salvo excepciones: personaje público en acto público y/o espacio público, interés informativo o parodia).
Todo esto que comento lo digo basándome en lo que he investigado y lo que me han contado abogados expertos en estos temas, pues evidentemente no es mi especialidad, pero sí creo que puedo afirmar estas cosas con cierta seguridad.
Y nada, en último lugar comentarte cuál es mi opinión ya hablando de una manera más práctica para la vida real. Yo creo que al fin y al cabo, salvo en los sitios donde está muy cláramente señalizado que no se pueden hacer fotografías, debería tratarse más de aplicar la lógica. Por un lado no tiene mucho sentido enfrentarse a ningún empleado de ningún sitio, salvo que evidentemente te esté “fastidiando” mucho y no tenga ninguna razón de ser la prohibición que él dice que existe (si efectivamente existe pues no hay mucho que hacer). Es mejor llevarse bien y simplemente pues intentar respetar que él tiene que velar por cumplir esa norma y tú simplemente quieres hacerte 3 fotos con tus amigos… hablando se entiende la gente.
Derechos de imagen? pues lo de siempre, en teoría no puedes sacar a nadie sin su autorización, pero en la práctica el 99% de la gente no te va a denunciar porque le hagas una foto ya que normalmente tampoco te vas a lucrar de ella ni vas a atentar contra su dignidad o privacidad.
Hoy hay muchísima psicosis social con lo de las fotos, es cierto, especialmente cuando se refiere a niños (todo lo referido a niños hoy en día es sobreproteccionista en mi opinión, y creo que estamos criando niños “de cristal”, pero bueno, no hay mucho que hacer en contra de esto), pero en la práctica la gente tampoco va plantando denuncias por ahí a todas horas y a todo el mundo, ya que entre otras cosas, no es tan sencillo hacerlo (y barato menos aún!).
Espero haberte ayudado algo.
Un saludo!
Gracias por tu respuesta, sin duda me has despejado dudas y quedo satisfecho por tu extesos y solidos argumento.
Tienes razon , con todas las cosas que ocurren a diario y la sobre explotacion de algunos temas dnetro de los medios de infirmacion ( terrorismo,pedofilia, seguridad privada, secuestros, etc) La gente hace lo posible por preveer cualquier indicio que conlleve a estos males.
Bueno gracias una vez mas por tu respuesta y seguramente a otro internautas sera de mucha ayuda.
Por cierto España 3 , Holanda -1 . Buen fin de semana.
[...] [...]
[...] la destrucción de las imágenes). Si queréis profundizar más en esta cuestión, al final de este artículo encontraréis unas útiles preguntas y [...]
Hola, solo apuntar que como bien dices en un lugar publico nadie te puede impedir tomar fotografias, pero hay que tener en cuenta que si cualquier persona o policia te observa realizandolas y presupone que puede haber aparecido en ella y de forma clara no te autoriza a usar su imagen, deberias a la hora de publicarla borrar o difuminar su cara, ya que en caso contrario puedes ser objeto de denuncia por violacion de una derecho fundamental como es la propia imagen.
Saludos.
Hola Pablo, gracias por tu comentario. En cualquier caso, y si estoy en lo cierto después de haber estudiado cómo está la ley en España, creo que no estás del todo en lo cierto. No es así de sencillo…
En primer lugar, si hay “interés informativo” y siempre que esa persona (sea policía o no) salga de manera accesoria, yo como fotógrafo tendré mi pleno derecho a distribuir esa foto tal y como está. Si no lo hay, pero se trata de un personaje público que está en lugar público, también tendré derecho.
En último caso, suponiendo que no se trata de prensa y no hay interés informativo y tampoco es un personaje público, yo esa foto siempre la podré tomar, pues en la vía pública yo puedo tomar las fotos que me de la gana, pero efectivamente y como tú bien apuntas, no podré distribuir esa fotografía en los casos que: se atente contra su dignidad o se le ridiculice, hayan expresado su deseo de no ser retratados o se quiera hacer un uso publicitario o con ánimo de lucro de la imagen.